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Pareja de hecho en Catalunya

  • Foto del escritor: A R I S T E M A R T I
    A R I S T E M A R T I
  • 29 jul
  • 6 min de lectura

Actualizado: 4 ago

Cada vez más parejas deciden compartir su vida sin pasar por el matrimonio. Es una opción tan legítima como cualquier otra, pero sus efectos jurídicos no son idénticos a los del matrimonio, y en Catalunya la figura tiene una regulación propia: la pareja estable (parella estable). Te explicamos qué derechos otorga, en qué se diferencia del matrimonio y qué pasa al separarse.

Pareja paseando de la mano por una calle de Barcelona — derechos de la pareja de hecho o parella estable en Catalunya, Ariste Martí Advocades

¿Qué es una pareja de hecho? La parella estable en Catalunya


Es importante saber que no existe una única regulación en toda España: cada comunidad autónoma tiene su propia normativa y sus propios requisitos. Lo que explicamos aquí se centra en el derecho catalán, que es el aplicable a las parejas que residen en Catalunya.


Cómo se constituye una pareja estable en Catalunya

A diferencia de lo que ocurre en otros territorios, en Catalunya la pareja estable no nace necesariamente de una inscripción en un registro. Según el artículo 234-1 del Codi Civil de Catalunya, dos personas que conviven en una comunidad de vida análoga a la matrimonial adquieren esa condición en cualquiera de estos tres supuestos:

  • Si la convivencia dura más de dos años ininterrumpidos.

  • Si durante la convivencia tienen un hijo o una hija en común.

  • Si formalizan la relación en escritura pública ante notario o notaria.

La ley también establece quién no puede constituir pareja estable: las personas menores de edad no emancipadas, las que están casadas y no separadas de hecho, las que conviven en pareja con una tercera persona y las unidas por parentesco en línea recta o colateral dentro del segundo grado.


¿Hace falta registrarse? El registro y la escritura pública

En Catalunya existe el Registre de parelles estables, un registro administrativo de carácter voluntario: no es necesario inscribirse para ser pareja estable. Entonces, ¿por qué recomendamos formalizar la relación mediante inscripción o escritura pública?

  • Prueba: acreditar la convivencia de más de dos años puede ser complicado. La inscripción o la escritura evitan ese problema.

  • Pensión de viudedad: la Seguridad Social exige una formalización con antelación mínima de dos años, como explicamos más abajo. Es el motivo más importante.

  • Otros efectos: determinados trámites (extranjería, permisos laborales, seguros, administraciones de fuera de Catalunya) piden certificado de inscripción o documento público.

Nuestra recomendación profesional es clara: si habéis decidido no casaros, formalizad igualmente la pareja estable y no esperéis a necesitarlo, porque algunos derechos exigen que la formalización se haya hecho años antes.


Diferencias entre pareja de hecho y matrimonio

Es la gran pregunta que recibimos en el despacho: "¿tenemos los mismos derechos que si estuviéramos casados?". La respuesta honesta es: en algunas cosas sí, en otras no. Esta tabla resume las diferencias principales:


Matrimonio

Pareja estable (Catalunya)

Constitución

Celebración del matrimonio e inscripción en el Registro Civil

2 años de convivencia, hijo o hija en común o escritura pública; el registro es voluntario

Herencia sin testamento

El cónyuge viudo hereda según la ley

Equiparada al cónyuge en Catalunya, si se acredita la condición de pareja estable

Pensión de viudedad

Acceso directo

Exige inscripción o escritura con 2 años de antelación y 5 años de convivencia (salvo hijos o hijas en común)

IRPF

Posibilidad de declaración conjunta

No existe la tributación conjunta como pareja

Ruptura

Separación o divorcio judicial o notarial

Extinción sin procedimiento específico; las medidas sobre hijos e hijas sí se tramitan judicialmente

Compensaciones

Prestación compensatoria y compensación por razón de trabajo

Prestación alimentaria y compensación por razón de trabajo

Como ves, en Catalunya la equiparación es amplia en el ámbito civil —especialmente en materia de herencia—, pero no es total: la fiscalidad y el acceso a la pensión de viudedad siguen marcando diferencias relevantes.


Derechos de la pareja estable en Catalunya


Herencia: qué pasa si tu pareja fallece sin testamento

Es una de las grandes ventajas del derecho catalán frente al de otros territorios. En Catalunya, el o la conviviente en pareja estable que sobrevive está equiparado al cónyuge viudo en la sucesión intestada: si no hay testamento y concurre con hijos o hijas del causante, tiene derecho al usufructo universal de la herencia; si no hay descendientes, hereda, sin perjuicio de la legítima de los padres.


Compensaciones económicas en caso de ruptura

El Codi Civil de Catalunya reconoce a la pareja estable, en caso de extinción en vida, dos posibles derechos económicos: la compensación económica por razón de trabajo —para quien ha trabajado para la casa o para la otra parte sin retribución o con retribución insuficiente, generando un desequilibrio patrimonial— y la prestación alimentaria, si la ruptura deja a una de las partes en situación de necesidad.

Hijos e hijas en común: los mismos derechos que en el matrimonio

Aquí no hay ninguna diferencia: los derechos y deberes respecto de los hijos e hijas son idénticos con independencia de que exista matrimonio, pareja estable o ninguna de las dos cosas. La potestad parental, la guarda, el régimen de relación y la pensión de alimentos se rigen por las mismas normas y siempre bajo el mismo criterio: el interés superior del o de la menor.


La pensión de viudedad de las parejas de hecho: requisitos y actualidad

Este es el punto donde más parejas descubren, demasiado tarde, que no estaban protegidas. Para acceder a la pensión de viudedad, la Ley General de la Seguridad Social exige a las parejas de hecho dos requisitos propios, además de los generales de cotización:

  • Formalización: inscripción en un registro de parejas de la comunidad autónoma o del ayuntamiento, o constitución en documento público, con una antelación mínima de dos años respecto del fallecimiento.

  • Convivencia: una convivencia estable y notoria, inmediatamente anterior al fallecimiento, de al menos cinco años, acreditada normalmente mediante el empadronamiento. Si hay hijos o hijas en común, basta con acreditar la constitución formal de la pareja.


¿Qué pasa cuando la pareja de hecho se separa?

La pareja estable se extingue, entre otras causas, por el cese de la convivencia o por voluntad de cualquiera de las partes. No hace falta un divorcio: no existe un procedimiento judicial específico para "deshacer" la pareja. Ahora bien, que no haya divorcio no significa que no haya nada que resolver:

  • Hijos e hijas en común: hay que regular la guarda, el régimen de relación y la pensión de alimentos, igual que en cualquier separación. De mutuo acuerdo —la opción que siempre recomendamos— o judicialmente si no hay acuerdo.

  • Vivienda común: quién permanece en ella, qué ocurre si es de alquiler o si es propiedad de ambos o de una sola de las partes.

  • Compensaciones: la compensación por razón de trabajo y la prestación alimentaria deben reclamarse dentro de plazo; conviene asesorarse pronto, porque estos derechos caducan.

  • Si la pareja estaba inscrita, conviene también cancelar la inscripción en el registro.


Pactos de convivencia: prevenir antes que lamentar

Igual que el matrimonio tiene capítulos matrimoniales, la pareja estable puede regular su convivencia y los efectos de una eventual ruptura mediante pactos, normalmente en escritura pública: cómo se contribuye a los gastos, de quién son los bienes, qué compensaciones habrá si la relación se acaba. Son especialmente recomendables cuando hay diferencias patrimoniales importantes, cuando una de las partes reduce su actividad laboral para cuidar de la familia o cuando se compra una vivienda en común. Puedes ver cómo funcionan en nuestra guía sobre los capítulos matrimoniales


Preguntas frecuentes sobre la pareja de hecho


¿Cuál es la diferencia entre pareja de hecho y matrimonio?

En Catalunya, la pareja estable está ampliamente equiparada al matrimonio en el ámbito civil (herencia, compensaciones, efectos sobre hijos e hijas), pero no en todo: no permite la tributación conjunta en el IRPF y el acceso a la pensión de viudedad exige requisitos adicionales de formalización y convivencia.


¿Cómo me hago pareja de hecho en Catalunya?

La condición de pareja estable se adquiere por más de dos años de convivencia, por tener un hijo o una hija en común durante la convivencia o por escritura pública. Además, podéis inscribiros voluntariamente en el Registre de parelles estables, algo muy recomendable a efectos de prueba y de pensión de viudedad.


¿La pareja de hecho tiene derecho a pensión de viudedad?

Sí, pero con requisitos propios: la pareja debe estar inscrita en un registro o constituida en documento público al menos dos años antes del fallecimiento, y debe acreditarse una convivencia mínima de cinco años, salvo que haya hijos o hijas en común. Sin esa formalización previa, la pensión se deniega aunque la convivencia fuera real y prolongada.


¿Hereda mi pareja si no hacemos testamento?

En Catalunya sí: el o la conviviente en pareja estable tiene en la sucesión intestada los mismos derechos que el cónyuge viudo. Aun así, recomendamos siempre otorgar testamento para evitar problemas de prueba y ordenar la herencia según la voluntad de cada persona.


¿Qué pasa con los hijos e hijas si nos separamos sin estar casados?

Exactamente lo mismo que en un divorcio: hay que regular la guarda, el régimen de relación y la pensión de alimentos, de mutuo acuerdo o judicialmente. Los derechos de los niños y niñas no dependen de que sus progenitores estén o no casados.


¿Puedo reclamar una compensación económica si mi pareja de hecho me deja?

Puede ser. El derecho catalán reconoce la compensación económica por razón de trabajo y la prestación alimentaria si concurren sus requisitos. Son derechos sometidos a plazos de reclamación breves, así que conviene consultar cuanto antes.

Pareja leyendo en el sofá de casa los documentos de su pareja estable — pareja de hecho en Catalunya, Ariste Martí Advocades

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